Polémica viral por la ropa tendida en Torremolinos: ataques, insultos y bulos


3 Abril 2026

Málaga

CdelSol Noticias

El Ayuntamiento de Torremolinos aprobó de forma inicial, en el pleno de febrero, una ordenanza municipal que persigue que la estética urbana «sea coherente ... y ordenada, reducir la contaminación visual y favorecer la integración de los comercios de manera armónica».

El texto salió adelante con el voto favorable del PP, al frente del Gobierno local y con una amplía mayoría absoluta, y el apoyo de Vox, mientras que el PSOE optó por la abstención. IU-Podemos, que tiene un concejal en la Corporación, no estuvo en el debate. Cuando esté publicada en el Boletín Oficial de la Provincia la regulación entrará en vigor plenamente.

Un mes después de este primer paso, la alcaldesa torremolinense, Margarita del Cid, ha denunciado públicamente a través de sus redes (fuentes municipales no pueden confirmar, por el momento, si finalmente lo hará ante la Policía o en los juzgados) ser objeto de insultos. Unos descalificativos, que reproduce la regidora en una imagen, y que incluyen palabras como «gilipollas» o expresiones como «me cago en tu puta madre».

«Nada justifica estos comportamientos y que haya partidos que difundan bulos, los alienta», asegura la alcaldesa

En el origen de esta situación está la polémica surgida con uno de los aspectos de la normativa, el que regula los lugares para tender la ropa en los edificios y la polémica surgida a continuación, una controversia que se ha hecho viral. «Nada justifica estos comportamientos y que haya partidos que difundan bulos, los alienta», asegura Del Cid.

Y es que la regidora vincula estos ataques a afirmaciones falsas con respecto a las intenciones de su equipo de Gobierno con la normativa. «No voy a permitir mentiras», zanja.

Se establece que la colada no sea visible desde la calle cuando existan soluciones alternativas, como patios interiores, azoteas, lavaderos o zonas comunes de tendido

La regulación en ciernes establece que que la colada no sea visible desde la calle cuando existan soluciones alternativas, como patios interiores, azoteas, lavaderos o zonas comunes de tendido. Un aspecto que, anteriormente, había sido abordado en la ciudad, pues, como se señala desde el Gobierno local, había disposiciones relativas a la ropa tendida que datan de un bando de 2005.

«No prohíbe tender la ropa ni establece multas por hacerlo. La norma regula exclusivamente la estética urbana de los elementos visibles desde la vía pública, igual que ocurre con la cartelería comercial, los colores de las fachadas, el cableado, los aparatos de aire acondicionado o la acumulación de objetos en balcones», precisan desde la Administración local, que aclara que el articulado no entra «en la vida privada» y desde la que se insiste: «El tendido de ropa se menciona únicamente dentro de ese marco de orden visual del espacio público».

El Ayuntamiento de Torremolinos defiende, además, que, al impulsar este texto, obran igual que otras ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia y, en general, como otros entornos con actividad turística.

De 100 a 750 Euros

El Ayuntamiento deja claro que la ordenanza no crea una infracción específica por tender ropa. Las sanciones previstas, de entre 100 y 750 euros, corresponden al régimen general de infracciones leves en materia estética, que recoge supuestos relacionados con fachadas y elementos visibles. Por tanto, argumentan desde el equipo de Gobierno, «afirmar que se multa por tender ropa» no refleja el contenido real de la norma».

Al respecto, apostillan que la ordenanza no crea una infracción específica por tender ropa. Las sanciones previstas, de entre 100 y 750 euros, corresponden al régimen general de infracciones leves en materia estética, que recoge supuestos relacionados con fachadas y elementos visibles. Por tanto, argumentan desde el equipo de Gobierno, «afirmar que se multa por tender ropa» no refleja el contenido real de la norma».

«Su espíritu es fomentar soluciones estéticas adecuadas, promover una adaptación progresiva y mejorar el entorno urbano, estableciendo además un periodo de adaptación para los elementos existentes y evitando cambios inmediatos», añaden.

Zonas de Especial Interés Turístico

Con esta norma nacen las Zonas de Especial Interés Turístico-Histórico, en alusión a aquellos puntos que, por su valor patrimonial, paisajístico, cultural, identitario o su capacidad de atraer visitantes requieren un tratamiento estético más estricto y homogéneo. Se trata de El Calvario, el centro histórico, La Nogalera, El Bajondillo y La Carihuela, en los que se busca «una paleta cromática restringida al objeto de conseguir homogeneidad estética» en los edificios, viviendas o locales comerciales y la apuesta por el uso materiales nobles o tradicionales, carpinterías unificadas.

En cuanto a los tiempos previstos, se marca un plazo general de 12 meses desde la entrada en vigor para que los propietarios de inmuebles afectados puedan adaptarlos voluntariamente, con preferencia en posibles subvenciones o líneas de ayuda municipales y acceso a asesoramiento técnico gratuito por parte del Ayuntamiento.