Nuevas normas de la DGT desde el 1 de octubre: qué cambia para conductores, ciclistas, motos y patinetes en Málaga
El nuevo Reglamento General de Circulación entra en vigor este 1 de octubre de 2026 con cambios que afectan especialmente a ciclistas, usuarios de patinetes eléctricos, motoristas, peatones y conductores profesionales. También introduce nuevas reglas para adelantamientos, retenciones, nieve, cinturones de seguridad y autocaravanas.
Moverse por Málaga cambia desde este jueves 1 de octubre. Entra en vigor buena parte de la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, una actualización que pone el foco principalmente en la protección de los usuarios más vulnerables de las vías.
La nueva regulación afecta a toda España y, por tanto, también a los desplazamientos por Málaga capital, la Costa del Sol y el resto de la provincia.
Entre los cambios más visibles aparecen la edad mínima para conducir patinetes eléctricos, nuevas obligaciones para motoristas y riders, reglas más estrictas al adelantar bicicletas y la creación de los llamados carriles de emergencia cuando se producen retenciones.
La Dirección General de Tráfico explica que la reforma pretende adaptar una normativa diseñada hace más de dos décadas a un escenario urbano donde conviven cada vez más coches, motos, bicicletas, vehículos de movilidad personal y peatones.
Los patinetes eléctricos solo podrán conducirse desde los 15 años
Uno de los colectivos con más cambios es el de los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), categoría en la que se incluyen principalmente los patinetes eléctricos.
Desde este 1 de octubre se establece una edad mínima de 15 años para conducirlos.
También será obligatorio utilizar casco de protección.
Cuando se circule de noche o en situaciones de baja visibilidad, habrá que llevar además chaleco reflectante de alta visibilidad.
La reforma introduce asimismo la obligación de circular con el alumbrado del VMP permanentemente encendido, incluso durante el día, aunque esta medida cuenta con un periodo transitorio y no será efectiva hasta el 1 de octubre de 2027.
Los patinetes siguen sin poder circular libremente por carretera
La reforma también aclara qué ocurre con los VMP fuera de las ciudades.
Los patinetes continúan teniendo prohibido circular por autopistas, autovías y travesías.
En las vías interurbanas podrán utilizar únicamente infraestructuras segregadas del tráfico motorizado, como carriles bici, vías ciclistas, pistas bici o sendas ciclables, siempre que la señalización no lo prohíba expresamente.
Para quienes utilizan patinetes habitualmente en Málaga y municipios de la Costa del Sol, esta distinción es especialmente importante al planificar recorridos que salen de los núcleos urbanos.
Cambian las reglas para adelantar a un ciclista
Los conductores de coches y otros vehículos también tendrán que adaptar algunas maniobras.
Cuando se adelante a un ciclista en una vía interurbana, habrá que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo establecido en ese tramo.
Además, se mantiene la obligación de respetar una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
Cuando existan varios carriles en el mismo sentido, el adelantamiento deberá hacerse mediante un cambio completo de carril en los supuestos previstos por la nueva regulación.
El objetivo es reducir la diferencia de velocidad entre el vehículo que adelanta y el ciclista y, con ello, disminuir las consecuencias de una posible colisión.
Casco para ciclistas: qué cambia realmente
La nueva normativa elimina las exenciones que hasta ahora permitían a algunos ciclistas circular sin casco en determinadas situaciones en carretera.
Desde este 1 de octubre, todos los ciclistas deberán llevar casco en vías interurbanas.
Hasta ahora existían excepciones relacionadas, por ejemplo, con rampas prolongadas, razones médicas o condiciones de calor extremo. Esas exenciones desaparecen.
En vías urbanas la situación es diferente: el Reglamento mantiene la obligación del casco para menores de 16 años en todo tipo de vías, pero no establece una obligación general nueva para todos los adultos cuando circulan por ciudad.
Las bicicletas podrán ocupar el centro del carril en ciudad
Otra modificación importante afecta a la posición de las bicicletas dentro de las calles urbanas.
En ausencia de una infraestructura específica, los ciclistas circularán por la calzada y podrán hacerlo preferentemente por el centro del carril, siempre que las condiciones de seguridad lo permitan.
La norma busca evitar situaciones especialmente peligrosas, como circular excesivamente pegado a coches aparcados o permitir adelantamientos sin distancia suficiente dentro del mismo carril.
Los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta dentro del mismo carril deberán mantener una distancia mínima de seguridad de cinco metros.
En determinadas calles de un solo carril y con velocidad máxima de 30 km/h, la regulación municipal podrá permitir además la circulación de bicicletas en ambos sentidos.
En moto, nada de chanclas ni calzado abierto
También hay cambios significativos para motocicletas y ciclomotores.
Desde este 1 de octubre será obligatorio conducir con calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía.
Por tanto, conducir una motocicleta con chanclas o con otro tipo de calzado abierto dejará de ajustarse a la normativa.
Esta medida resulta especialmente relevante en Málaga y la Costa del Sol, donde las temperaturas suaves durante buena parte del año hacen habitual utilizar calzado abierto.
El Reglamento busca reducir las lesiones en los pies en caso de caída o accidente.
Los guantes serán obligatorios en carreteras
Los motoristas deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
Sin embargo, la propia DGT introduce un matiz importante.
Las especificaciones técnicas que deberán cumplir esos guantes tendrán que definirse mediante una futura orden del Ministerio del Interior. Hasta entonces podrán seguir utilizándose guantes de protección de características similares a los empleados actualmente.
En todo caso, la obligación afecta a motocicletas y ciclomotores cuando circulen fuera de poblado.
Los cascos de moto tendrán requisitos más estrictos en 2027
Otro cambio se refiere a los cascos.
La reforma establece que tendrán que estar homologados conforme al Reglamento UNECE R22, y no únicamente certificados.
Esta modificación dispone de un periodo transitorio y será efectiva a partir del 1 de octubre de 2027, según la DGT.
Por tanto, no todas las novedades anunciadas con la reforma comienzan exactamente el mismo día.
Las motos podrán utilizar el arcén en determinados atascos
La nueva regulación también contempla una situación frecuente en grandes retenciones.
Los motoristas podrán circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que el tramo esté previamente habilitado y señalizado para ello.
La velocidad máxima será de 30 km/h.
No se trata, por tanto, de una autorización general para utilizar cualquier arcén durante un atasco, sino de una posibilidad condicionada a que la Administración haya habilitado específicamente ese tramo.
Nuevas obligaciones para los riders
Los trabajadores que utilizan bicicleta, patinete, ciclomotor o motocicleta como herramienta profesional también cuentan con reglas específicas.
Los conocidos como riders deberán utilizar en todo momento:
- casco de protección;
- chaleco reflectante de alta visibilidad.
La obligación se aplica mientras desarrollen su actividad profesional utilizando alguno de estos vehículos.
La DGT considera infracción grave determinados incumplimientos relacionados con estas obligaciones y recuerda que pueden implicar una sanción económica de 200 euros.
Los peatones tendrán más protección en determinadas calles
La reforma incorpora por primera vez un título específico dedicado a las normas de circulación urbana.
Entre las novedades se regulan las denominadas zonas de plataforma única, aquellas calles en las que calzada y acera se encuentran prácticamente al mismo nivel.
En estos espacios, los peatones tendrán prioridad de paso en cualquier punto de la calzada.
También se establece que, como norma general, en los pasos regulados por semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con el verde no intermitente para peatones.
Los caminos escolares entran oficialmente en el Reglamento
Otra novedad es el reconocimiento jurídico de los caminos o rutas escolares seguras.
El Reglamento los define como conjuntos de vías acondicionadas por las autoridades para favorecer que los menores puedan acudir a los colegios caminando, en transporte público o mediante sistemas de movilidad no motorizados.
Dentro de estos recorridos podrán introducirse señales específicas, limitaciones de velocidad y restricciones para vehículos a motor.
Esto da cobertura normativa a actuaciones que muchos ayuntamientos ya estaban desarrollando alrededor de colegios e institutos.
Así habrá que reaccionar ante un atasco
La reforma introduce además en España el concepto de carril de emergencia durante las retenciones.
Cuando los vehículos estén detenidos o circulen prácticamente a paso de peatón, deberán desplazarse hacia los laterales para crear un espacio libre por el que puedan avanzar ambulancias, bomberos, Policía y otros vehículos prioritarios.
En carreteras con dos carriles, los vehículos de cada carril deberán apartarse hacia su respectivo lado para crear espacio en el centro.
Cuando existan tres carriles, los vehículos del izquierdo se apartarán hacia la izquierda y los de los otros dos carriles hacia la derecha, creando el corredor entre el carril izquierdo y el central.
Prohibido adelantar cuando la nieve dificulte la circulación
También cambian las normas en episodios de nieve.
Cuando la circulación resulte dificultada por nieve en una autopista o autovía, estará prohibido adelantar.
Los vehículos deberán circular por el carril derecho y dejar libre el izquierdo para facilitar el avance de quitanieves y servicios de emergencia.
Aunque en Málaga este escenario es poco habitual en la costa, puede resultar relevante en desplazamientos hacia zonas de montaña o durante viajes a otras provincias.
Más protección cuando haya vehículos detenidos en carretera
Otra de las novedades afecta a los vehículos inmovilizados por una avería, un accidente o trabajos en la vía.
Al rebasarlos, el conductor deberá dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros y circular al menos 20 km/h por debajo del límite de velocidad de la vía.
La medida se aplica también cuando haya vehículos realizando labores de asistencia, mantenimiento o regulación del tráfico.
El objetivo es proteger especialmente a las personas que pueden encontrarse fuera de los vehículos en situaciones de emergencia.
Menos excepciones para conducir sin cinturón
La actualización del Reglamento también elimina varias de las excepciones existentes al uso del cinturón de seguridad.
A partir de ahora deberán utilizarlo también de manera general conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción.
Se mantiene una excepción específica para determinados pasajeros de ambulancias asistenciales cuando, durante un servicio urgente, necesiten atender al paciente dentro del habitáculo sanitario.
Nuevas reglas para aparcar autocaravanas
La reforma también aclara cómo debe considerarse una autocaravana correctamente estacionada.
Mientras permanezca aparcada:
- no podrá desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro;
- deberá descansar únicamente sobre los neumáticos, aunque podrá utilizar calzos o cuñas de seguridad;
- no podrá verter líquidos procedentes del habitáculo.
Estas normas diferencian el estacionamiento ordinario de otras actividades asociadas a la acampada.
La DGT recuerda, además, que corresponde a cada administración titular de la vía establecer dónde puede o no estacionarse una autocaravana.
No todas las novedades empiezan este 1 de octubre
Una de las claves de la reforma es que la mayor parte entra en vigor hoy, 1 de octubre de 2026, pero no toda.
Dos medidas cuentan con un año adicional de adaptación:
- el alumbrado permanente de los VMP entrará en vigor el 1 de octubre de 2027;
- los nuevos requisitos de homologación de cascos para determinados usuarios de motocicletas y ciclomotores también serán efectivos desde el 1 de octubre de 2027.
Además, las especificaciones técnicas de los guantes homologados para motoristas dependerán de la aprobación de una orden ministerial posterior.
Por tanto, conviene diferenciar entre las medidas que comienzan hoy y aquellas que todavía tienen un periodo transitorio.
Qué deben recordar los conductores malagueños desde hoy
Para quienes se desplazan habitualmente por Málaga, los cambios más fáciles de encontrar en la vida diaria serán probablemente los relacionados con la convivencia entre coches, bicicletas, motos, patinetes y peatones.
Los patinetes incorporan casco obligatorio y una edad mínima de 15 años; los motoristas deben utilizar calzado cerrado; los ciclistas cuentan con mayor protección durante los adelantamientos; los riders tendrán que llevar casco y chaleco reflectante; y en las calles de plataforma única la prioridad será claramente peatonal.
La reforma también cambia la manera de actuar en circunstancias menos habituales, como grandes retenciones, nevadas o vehículos averiados en carretera.
En conjunto, el Reglamento persigue una idea principal: reducir el riesgo para aquellas personas que tienen menos protección física cuando comparten la vía con vehículos de mayor tamaño y velocidad.
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